Fernando
G. Castolo*
Existe
un Acta de Ayuntamiento, fechada el 3 de septiembre de 1852, en que se informa
que se remitirá al H. Congreso del Estado una iniciativa para que expida una
Ley Particular para esta Ciudad, en el sentido de que se cobre a los ciudadanos
un tanto porciento del valor de sus fincas, a manera de impuesto, a fin de
remediar las muchas necesidades que tiene la Ciudad en materia de obras
públicas. Esta iniciativa no prosperó en su momento, pero sí generó las
inquietudes sobre establecer una normativa en materia de generarle ingresos
propios a los municipios.