El Volcán/Congreso
Asimismo, se impondrán de 12 meses a 2 años de prisión, multa por el equivalente de 200 a 600 veces el valor diario de la UMA y trabajo en libertad en beneficio de la comunidad, a quien, con la intención de causar un daño a un animal, realice actos de maltrato y crueldad que lesionen de forma evidente y afecten de manera permanente las funciones físicas de un animal o que pongan en riesgo la vida de este.
El dictamen señala que cuando el delito se cometa en perjuicio de los animales que se encuentren bajo su resguardo, la pena se agravará en una mitad y se asegurará a los animales maltratados.
Además, en los casos de reincidencia o en el abandono de animales en la vía pública o la desatención por periodos prolongados en propiedad privada que pueda comprometer su bienestar, se impondrá́ una pena de 1 a 4 años de prisión y multa por el equivalente de 200 a 600 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
Asimismo, se establece que quien provoque la muerte a un animal, se le impondrán de 3 a 5 años de prisión, multa de 200 a 1000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, y trabajo en libertad en beneficio de la comunidad, la inhabilitación profesional en caso de ejercer profesión relacionada con el cuidado animal, así́ como el aseguramiento de los animales que estén bajo su resguardo.
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