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jueves, 29 de junio de 2023

140 años del catastro municipal

 


 

Fernando G. Castolo*

 

 

Existe un Acta de Ayuntamiento, fechada el 3 de septiembre de 1852, en que se informa que se remitirá al H. Congreso del Estado una iniciativa para que expida una Ley Particular para esta Ciudad, en el sentido de que se cobre a los ciudadanos un tanto porciento del valor de sus fincas, a manera de impuesto, a fin de remediar las muchas necesidades que tiene la Ciudad en materia de obras públicas. Esta iniciativa no prosperó en su momento, pero sí generó las inquietudes sobre establecer una normativa en materia de generarle ingresos propios a los municipios.



Un año después, el 2 de noviembre de 1853, otra Acta de Ayuntamiento da cuenta de que desaparecerá del organigrama municipal la figura del "Mayordomo de Propios", misma que será suplida por el "Tesorero Municipal", cuya función será la misma: administrar los bienes económicos de la municipalidad.





Es probable que, en algún momento (dado que desconocemos el dato), haya sido la Tesorería Municipal la que abrazó las responsabilidades de realizar el cobro de impuestos a las fincas y predios de la Ciudad; sin embargo, es a partir del 26 de junio de 1883, en que, a través de un Acta de Ayuntamiento, se ordena a la Tesorería Municipal que conforme una nueva dependencia bajo el nombre de "Catastro", misma que se encargará de realizar, de forma específica, los cobros de estos impuestos, ello en atención al Decreto número 302 emitido por el H. Congreso de Jalisco. De entonces a la fecha es el Catastro Municipal una de las dependencias que se encarga de generar parte vital de los fondos económicos de la municipalidad, fondos que se reinvierten en los esenciales servicios públicos que garantizan la convivencia armónica entre los habitantes: recolección de residuos, alumbrado público, seguridad pública, agua potable, obra pública, etc.

 

*Historiador e investigador.



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