Víctor Hugo Prado
Gran
debate, gran polémica ha levantado la discusión de la prisión preventiva
oficiosa, lo que representa de facto un encarcelamiento por adelantado cuando
una persona ha sido acusada por uno de 16 delitos, entre los que se encuentran
el abuso sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso,
feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, uso de programas sociales
con fines electorales, entre otros.
El
debate que ha polarizado a la clase política, a los académicos y los juristas, sobreviene
por la discusión de dos proyectos en la Suprema Corte de Justicia de la Nación,
uno el propuesto por el ministro Luis María Aguilar, que establece que la
prisión preventiva es inconstitucional, y el de la ministra Norma Piña, con el
que se plantea en términos llanos, la inaplicabilidad del artículo 19
constitucional que establece la prisión preventiva, aunque el artículo siga
escrito en la Constitución, modificación que se haría en el Código Nacional de
Procedimientos Penales. El argumento de los ministros ponentes tiene relación con
señalamientos de que se violan derechos humanos reconocidos en tratados
internacionales, lo que implica dar la razón a que la Constitución es
susceptible de violar los derechos humanos y con ello de contravenir normas
internacionales.
El
presidente, que encarna al poder ejecutivo, ha señalado que la SCJN no tiene
facultades para inhabilitar la aplicación de un precepto constitucional, como
tampoco para modificarlo, porque compete a un poder distinto. Lo que ha
provocado que a la SCJN le tiemble la mano, vaticinando que reculará en el
intento de aprobar los proyectos, por tanto, seguirá como está, aunque el
debate continuará dándose, los embates desde el ejecutivo contra el poder
judicial han hecho lo propio, han hecho mella.
Por lo
pronto, de acuerdo con la crónica que publica Beatriz Guillén en El País, si a
usted le sucede algo similar que a los “dos mexicanos que fueron detenidos sin
orden judicial, torturados y procesados con pruebas fabricadas; pasaron más de
17 años en prisión preventiva oficiosa, el tiempo más largo que nadie en el
país ha estado en la cárcel sin sentencia”, es porque en nuestras leyes así
está determinado. “La suerte de los
mexicanos que tuvieron su audiencia en Brasilia el pasado viernes y que ahora
está en juego en la Corte Interamericana, es para que se considere a México
responsable de haber violado sus derechos humanos. Si lo hace, la sanción al
país es inmediata y una de las reparaciones exigidas es la prohibición de la
prisión preventiva oficiosa”. Por ello, si no compete a la SCJN modificar la
Constitución, los debería hacerlo el Congreso, que para eso está. Lo que se
debe evitar es la fabricación de delitos, con ello, el atropello de los
derechos humanos ante la falsedad y falta de pruebas.
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