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viernes, 1 de abril de 2022

Incluyen al “ecocidio” en el Código Penal del Estado


 


El Volcán/Congreso

 

 

Con el voto a favor de 36 legisladores, fue aprobada una reforma al Código Penal del Estado para incluir el delito de ecocidio, que se sancionará con penas de tres a diez años de cárcel. Según lo avalado, cometerá este delito quien provoque daño, destrucción de uno o más ecosistemas en un territorio determinado.



La coordinadora de la fracción del PAN, Claudia Murguía Torres, autora de la reforma, explicó que se podrá considerar ecocidio si el daño abarca cuando menos diez hectáreas, lo clasifican como daño duradero cuando la afectación y sus impactos duran al menos un periodo de cuatro meses, y un daño grave cuando la alteración pone en riesgo la salud de las personas o genera afectación irreparable a los recursos naturales.


“Se agrega un artículo para tipificar el ecocidio que actualmente está tipificado en sólo dos Estados de la República. En la legislación ya existen delitos ambientales cuyas penas no iban más allá de ocho años; con esta reforma la pena llega hasta los diez años”, dijo.





La legisladora añadió que la multa máxima asciende a cuatro millones de pesos, con la especificación de que lo recaudado se destine a las acciones de reparación del daño ambiental. También hay sanciones a los servidores públicos que por acción u omisión permitan este tipo de conductas.


La panista puso como ejemplo de “ecocidio” los daños registrados en la región sur del Estado donde dijo, en los últimos años, se cambió la vocación agrícola y se introdujo el cultivo de aguacate. Hizo referencia a los señalamientos de pobladores de San Gabriel que atribuyeron a la tala clandestina el alud y desbordamiento del río que afectó en 2019 al municipio.


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