Juan José Ríos Ríos
El Estado de Nuevo León parece que toma el toro por los
cuernos en lo que se refiere a incendios en zonas forestales, sean provocados
de manera intencional o imprudencial. Para ello se impondrán sanciones de dos
hasta diez años de cárcel, multas económicas, establece zonas de veda para uso
de fuego y la prohibición de vehículos recreativos todo terreno en terracerías
y zonas de veda.
Esta
decisión la tomó el Gobierno del Estado ante la ola de incendios que han
afectado las zonas forestales en los últimos días, por lo que también anuncia
que redoblará la protección y rehabilitación de áreas afectadas por incendios,
modificando a su vez el Decreto que establece zonas de veda para el uso de
fuego, en cuyo documento se contempla la prohibición de uso de fogatas,
restricciones del uso de vehículos todo terreno de tres o cuatro ruedas en
zonas de veda, entre otras medidas.
Sin duda que
esta es una buena noticia, de las que generalmente pasan desapercibidas,
incluso por aquellos que se dicen ambientalistas o interesados en la protección
y conservación de los recursos naturales, pero más que nota importante, la
decisión tomada por el Gobierno del Estado de Nuevo León debiera ser imitada por
otros gobiernos, sobre todo en aquellos en donde los incendios intencionales o
imprudenciales se dan de manera frecuente, como sucede en Jalisco, sobre todo
en terrenos del Bosque La Primavera, qué decir de lo que sucede en la Región
sur.
Además de
imponer penas de dos a diez años de cárcel, el gobierno de esa entidad anuncia
su intención de redoblar la protección y rehabilitación de áreas afectadas por
incendios, lo que es indispensable llevar a la práctica ante la impunidad en
que se cometen ese tipo de acciones, al amparo de la noche, por ausencia de
vigilancia y, por qué no decirlo, por la ambición desmedida de fraccionadores
privados interesados en inducir el cambio de uso de suelo.
De la
información dada a conocer al respecto, se indica que: “Todo aquel vehículo de tres o
cuatro ruedas, con motor a gasolina de hasta 1000 CC, Centímetros cúbicos o
motor eléctrico no mayor a 750 kv Kilovoltio, destinado específicamente para
ser utilizado en actividades deportivas, recreativas o turísticas, con excepción
a los destinados a labores de protección civil, seguridad, auxilio, y
similares”.
En Nuevo León, van más allá las
medidas tendientes a acabar los incendios forestales, pues también se reducirá
el número de visitantes a los parajes naturales, a las personas que causen
incendios forestales intencionales o imprudenciales podrán ser sujetas a las
sanciones establecidas en la Lay de Desarrollo Forestal Sustentable, en el
Código Penal de Nuevo León o el Código Penal Federal. Además de los años en
prisión se impondrán multas equivalentes a los 300 a los tres mil días.
Estas penas se aplicarán a quienes provoque
un incendio en un bosque, selva, vegetación natural o terrenos forestales, que
dañe elementos naturales, flora, fauna, los ecosistemas o al ambiente.
Finalmente, indica que se prohibirá el ingreso de material que pueda ser
utilizado para encender fogatas o fuego para consumo de alimentos a todo
visitante en las zonas de veda de uso de fuego.
Con estas medidas, que pudieran
considerarse excesivas por algunos, pero ante los bienes que se pretenden
proteger bien vale la pena aplicarlas, hace suponer que el Gobierno de Nuevo
León realmente está interesado en el tema, aunque su Gobernador a veces hace
declaraciones o realiza acciones que tienden más a la espectacularidad que al
beneficio colectivo, hay que confiar que en este estado soplan nuevos vientos,
que está por encima el bien común que el de particulares, ya es tiempo de
acabar con la depredación en un país tan rico en recursos naturales, pero donde
ha imperado la actitud y la actividad destructiva, de entrega de bienes
nacionales a extranjeros, en detrimento del país y del pueblo de México.
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