Pedro
Vargas Avalos
El caso
de la nulidad de los comicios de junio de este año, en lo que corresponde a
regidores, en el municipio de San Pedro Tlaquepaque, nos debe orillar a
juiciosas reflexiones. La historia, los derechos ciudadanos y las reglas de
paridad de género, estuvieron en juego.
Lo
histórico, porque no debemos olvidar los jaliscienses, que San Pedro
Tlaquepaque, fue la cuna de nuestras libertades. En efecto, el ya lejano 13 de
junio de 1821, bajo la divisa de “Independencia o Muerte”, las tropas
acuarteladas en la veraniega población alfarera, se pronunciaron para dar la
libertad política a la entonces Intendencia de Guadalajara, nombre que desde
fines del siglo XVIII había sustituido formalmente al de la señorial Nueva
Galicia, y que, a partir del 16 de junio de 1823 se denominó Estado Libre de
Jalisco.
A
partir de entonces, en las incontables vicisitudes que registró nuestra
Entidad, y que especialmente se reflejaban en la hermosa Perla Tapatía,
Tlaquepaque fue su permanente y leal escolta: allí arribó el Padre de la Patria
con su mensaje libertario; allí asistió el Benemérito de Las Américas, en su
cruzada por la dignidad nacional; y allí, en innúmeras ocasiones, se forjaron
pactos y compromisos para delinear el porvenir de Jalisco.
Tampoco
debemos pasar por alto, que la preclara Villa, fue invariable reposo de los
tapatíos y confidente de las más distinguidas familias de Guadalajara. Lo
anterior, aunado a la habilidad de sus artesanos, han proyectado una imagen
fascinante de San Pedro Tlaquepaque.
Por
todo lo antedicho, es que atrae muchísimo la atención de los mexicanos, lo que
suceda políticamente en nuestra conurbada población sampetrina, hoy por hoy convertida
en urbe populosa.
Las
elecciones para elegir Ayuntamiento, celebradas el pasado 6 de junio del
presente año, fue sumamente reñida. Finalmente, los dos organismos partidistas
que realmente se disputaron el triunfo fueron Movimiento Ciudadano (MC) y
MORENA (Movimiento -de- Regeneración Nacional), detentadores del poder, el
primero a nivel municipal y estatal, en tanto que el segundo lo es
nacionalmente, es decir, federal. La lucha pues, fue de poder a poder, siendo
los demás competidores, lánguidos partícipes, casi meros testigos de dicha
contienda.
En
general la jornada electoral se desarrolló con normalidad, e incluso hubo la
novedad de que por primera vez en la historia, en esta municipalidad fueron
implementadas las urnas electrónicas (en la casilla de la sección 2530) y, la
ciudadanía, tuvo opiniones más positivas que negativas: nueve de cada 10 de los
sufragantes dijeron estar satisfechos de ese medio. (El Informador, 7-06-2021).
El 8 de junio se informó que MC, con su candidata Citlalli Amaya, aventajaba a
Morena, cuyo abanderado era Alberto Maldonado, con apenas 2,646 votos. Cuatro
días después, el computo del Consejo Municipal arrojó una diferencia de 2,529
sufragios; el 13 de junio el Consejo General del Instituto Electoral y de
Participación Ciudadana del Estado, declaró la validez de la elección y el
triunfo de MC. El aspirante por Morena a la Presidencia Municipal de San Pedro
Tlaquepaque, presentó juicio de
inconformidad ante el Tribunal Electoral del Estado de Jalisco: este confirmó
el 3 de septiembre lo resuelto por las autoridades mencionadas.
El
aguerrido candidato morenista, recurrió entonces a la Sala Guadalajara del
Tribunal Federal Electoral, la cual dictó sentencia el 25 del mes patrio,
confirmando la resolución del Tribunal Electoral de Jalisco. Con perseverante
actitud, el aspirante morenista prosiguió su tenaz lid y recurrió a la Sala
Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, (SSTEPJF)
la cual, declaró el 30 de septiembre la nulidad de la elección que nos ocupa. A
la vez ordenó al Congreso del Estado emitiera la convocatoria para las votaciones
extraordinarios. Dice el diario La Jornada: “Con una apretada votación de 4 a
3, …el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación anuló esta noche
la elección de alcalde de Tlaquepaque... La razón, los mensajes del arzobispo
emérito de Guadalajara, Juan Sandoval Iñiguez durante una semana previa a la
elección, incluido la veda electoral y el día de la elección, violentando las
restricciones a los ministros de culto para no intervenir en procesos
electorales”.
Para la
magistrada Janine Otálora fue un caso de flagrante violación al principio de
separación Iglesia-Estado, en el que se tienen que hacer valer las razones
públicas sobre los posicionamientos religiosos. Subrayó que, en sus posturas,
Sandoval también cuestionó bajo su óptica religiosa el papel de la mujer y de
quienes tienen preferencias sexuales diversas.
En
cumplimiento de lo resuelto, el Congreso local jalisciense emitió el 4 de
octubre un decreto de Convocatoria a elecciones extraordinarias, pero
reservando para mujeres el cargo de Presidente Municipal: esto evidentemente
cambiaba las reglas que rigieron los comicios anulados, y de plano excluía al
candidato morenista. En consecuencia, este persistente aspirante impugnó el
susodicho decreto. De esa manera, se volvió a recorrer la ruta, pues la SSTEPJF
dispuso a mediados del mes, que se remitiera el asunto al Tribunal local
jalisciense. Este organismo, procediendo con su actitud contumaz, el 22
confirmó la Convocatoria del Congreso, es decir, solo habría candidatas a la
presidencia de Tlaquepaque. El 27, Alberto Maldonado promovió juicio para la
protección de los derechos político-electorales del ciudadano contra de la
sentencia de la responsable. De esa forma el juicio de nueva cuenta llegó a la
Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral Federal, la cual confirmó la
Convocatoria del Congreso. Parecía que andaban “De Herodes a Pilatos” y por
ende, Morena y su abanderado, recurrieron a la SSTEPJF para pedir la
reconsideración conducente.
Ya
en este organismo superior electoral, se turnó el expediente a la magistrada
Mónica Soto Fregoso, la cual elaboró el proyecto de resolución. Este documento
se publicó previamente a la fecha en que se realizaría la sesión del pleno,
fijada para el uno de noviembre. La aludida propuesta planteaba confirmar la
resolución anterior, declarando inoperantes los conceptos de los recurrentes,
Morena y su candidato. No obstante, “Con un proyecto de fallo en contra, que lo
dejaría fuera de la contienda y dejaría la elección en Tlaquepaque sólo para
candidatas mujeres, una hora antes de la medianoche de este domingo (31 de
octubre) el partido Morena en Jalisco registró a Alberto Maldonado como su
candidato a la presidencia municipal”. (UdeG, Noticias). Se jugaron el todo por
el todo, tanto el partido como su aspirante a la alcaldía.
Llegado
el momento de la sesión, cual sería la sorpresa que el proyecto mencionado fue
rechazado por cuatro magistrados, por lo que la ponente y dos más, fueron
refrenados. Dice en su principal noticia El Informador: “Batean elección sólo
de mujeres en Tlaquepaque”. Y luego da cuenta de que el magistrado presidente,
Reyes Rodríguez Mondragón, señaló que “sí se afectaban reglas preexistentes que
rigieron la contienda electoral en Jalisco y en general en todo el país. El
Congreso no puede alterar las reglas del juego ni afectar los principios y
derechos. Cambiar las reglas para establecer la acción afirmativa tiene como
consecuencia la exclusión de los actores que fueron candidatos en el proceso
electoral ordinario”.
De
esa manera, se finiquitó el espinoso asunto de los comicios extraordinarios
tlaquepaquenses, y ahora, se encuentran en plena actividad todos los candidatos
registrados, incluyendo al varón (Alberto Maldonado) quien se ajustó al
principio que dice: “el que persevera, alcanza”. O según reza el dicho popular,
“el que porfía, mata venado”.
Sin
embargo, nos llamó la atención que dentro de todo lo dicho, tanto a favor de la
paridad de género, como de los agravios causados a partidos y candidato, casi
nada se expuso de quienes realmente son fin y motivo de los procesos
electorales: los ciudadanos. Y es que, hasta por sentido común, no se puede
obligar a todo un pueblo, a tener que elegir una dama de gobernante. Si es
cierto que se debe buscar haya acceso de la mujer a los cargos de elección, y
aún a los de designación, pero nunca conspirando contra el supremo derecho de
la ciudadanía.
A los
votantes, se les debe ofrecer la opción de sufragar por hombres o mujeres, pero
nunca obligarlos a solo por tal o cual sexo. Las autoridades (y los partidos
políticos) deben procurar con acciones idóneas, haya esa paridad, pero jamás
atropellando a la masa ciudadana, porque en última instancia ésta es quien
decide su destino, y por tanto, quien deberá gobernarla.
El
21 de este mes serán las elecciones extraordinarias; compiten casi puras
mujeres, salvo el pertinaz candidato de Morena. Los empadronados de San Pedro
podrán definir a quien prefieren de alcalde, en un acto de libre y genuino
ejercicio de la soberanía popular que consagra nuestra Constitución Política.
No se deben dar tantos brincos estando el suelo tan parejo; ojalá que lo
acontecido, sirva de lección permanente para nuestros diputados y los funcionarios
que regulan las votaciones, y así, evitar artificios o embrollos que solo dañan
a la democracia, y hasta su buen nombre.
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