martes, 19 de octubre de 2021

Van por lo que queda


 

 

Juan José Ríos Ríos

 

 

Qué cinismo están mostrando los políticos encumbrados en el poder y más los “diputados” del PAN, PRI y PRD, los que “Van por México”, disque representantes del pueblo, que coaligados una vez más en un propósito mezquino para que no haya cambios que beneficien al país y a los mexicanos, y sí hacer prevalecer sus corruptelas practicadas en perjuicio de la Nación y del pueblo en general, presentaron ahora  una acción de inconstitucionalidad contra la Ley Federal de Revocación de Mandato ante la SCJN.



            La citada Ley es reglamentaria de la fracción IX del artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de revocación de mandato del titular de la Presidencia de la República, que en su Artículo 2 señala es de orden público y de observancia en el ámbito federal en todo el territorio nacional, con el objeto de regular y garantizar el ejercicio del derecho político de los ciudadanos a solicitar, participar, ser consultados y votar respecto a la revocación del mandato de la persona que resultó electa popularmente como titular de la Presidencia de la República, mediante sufragio.


            Para ello el Instituto Nacional Electoral a petición de los ciudadanos en un número equivalente al tres por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores, siempre y cuando en la solicitud correspondan a por lo menos diecisiete entidades federativas y que representen, como mínimo, el tres por ciento de la lista nominal de electores de cada una de ellas, pudiéndose solicitar en una sola ocasión y durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año del periodo constitucional.


            Los ciudadanos podrán recabar firmas para la solicitud de revocación de mandato durante el mes previo a la fecha prevista. El Instituto emitirá los formatos y medios para la recopilación de firmas, así como los lineamientos para las actividades relacionadas, mediante votación libre de los ciudadanos inscritos en la lista nominal.





            Para que el proceso de revocación de mandato sea válido deberá haber una participación del cuarenta por ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electores. La revocación sólo procederá por mayoría absoluta, teniendo a su cargo el INE la organización, desarrollo y cómputo de la votación, emitiendo los resultados que podrán ser impugnados ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Queda prohibido el uso de recursos públicos para la recolección de firmas, así como con fines de promoción y propaganda relacionada con los procesos de revocación de mandato, establece, entre otras cosas, la citada ley.


            Pero qué bueno que están mostrando su verdadera cara estos políticos encumbrados hasta su muerte en el poder, ahora que se está buscando ponerlos en su lugar que les corresponde, el de corrutos vende patrias que no tienen vergüenza ni se hartan de robar, lo que no debe pasar desapercibido por los ciudadanos que piensan y actúan diferente, no dejándose llevar por las reacciones perversas de éstos políticos, argumentando actos de inconstitucionalidad, cuando ellos han sido los que más han violentado la Constitución.


            En el fondo, lo que pretenden estos sinvergüenzas es que la Ley Federal de Revocación de Mandato, no siente un precedente, necesario, el de empoderar a los ciudadanos en sus derechos y prerrogativas que el propio artículo 35 Constitucional les otorga como tales, temen que, de darse el proceso a nivel nacional, se pueda replicar para otros tiempos al mismo nivel y, con el tiempo también, ocurra en los estados, para cortar de tajo y a tiempo las malas actuaciones de gobernadores y hasta de alcaldes, mal de siempre por la calidad de intocables y autónomos que se sienten, amparados por las leyes que los mismos diputados han creado para que nada cambie y la corrupción persista. Ejemplos, los hay, nomás baste ver quiénes son los que “Van Por México”, lo quieren acabar.




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