Juan
José Ríos Ríos
El
actual proceso electoral está teniendo una vigilancia muy considerable por
parte de la sociedad. En redes sociales grupos y personas en lo particular
hacen público sus señalamientos y denuncias, algunas documentadas hasta con
fotografías, de algunos de los supuestos en que pueden incurrir en delitos de
orden federal quienes los cometan.
Incluso, recientemente, un grupo de candidatos
hizo una denuncia acerca de lo que consideran intromisión de funcionarios y uso
de bienes propiedad de municipios haciendo tareas de campaña o apoyando a
determinados candidatos y partidos, lo que presuntamente ya se hizo del
conocimiento de las autoridades correspondientes.
Por ello, lo que se ha denunciado y
documentado, queda en dos supuestos, que van desde que no ha permeado la nueva
legislación federal entre los mismos aspirantes a cargos públicos o los
empleados y gobernantes en los municipios y del estado mismo, la ley que está
ya en vigor y que considera delito federal cualquier acto u omisión que
violente el proceso y la legislación misma, o bien que les valga gorro.
Todo ello sin duda, de estar dentro
de los supuestos ya penados, pone a prueba a las instituciones que, por ley,
están obligadas a hacer que se respeten las nuevas disposiciones en materia
electoral, de otra manera ni habrá equidad en la competencia que llevan a cabo
los partidos y sus candidatos, ni tampoco servirá de nada el propósito de
democratizar al país y hacer valer la legalidad.
Recordando tiempos idos, cuando las
elecciones estaban intervenidas por la entonces Secretaría de Gobernación, era
tal es descaro de los “comisionados” o auxiliares de los procesos que llegaban
a determinada hora y casilla para “sugerir” echarle una cuantas boletas al favor
del partido en el poder. Cuando no se acataba lo sugerido, el funcionario
encargado de la casilla era amenazado y se le hacía de su conocimiento por esos
siniestros personajes que “ya sabe gobernación de ti”.
Esto que señalo lo viví en carne
propia, cuando el funcionario de casilla, o presidente de la misma, era un
ciudadano que convocado por las autoridades que coordinaban el proceso, estaban
en la intención y en el cumplimiento de un ejercicio ciudadano, que no disponía
de autoridad más allá de ser responsable de estar vigilante y actuante en la
casilla y de hacer entrega de la documentación oficial a la autoridad
electoral.
Así se procedía, así se ganaban o
controlaban las elecciones, no se respetaba la voluntad popular ni tampoco los
ciudadanos que cumplían como tales, a conciencia, eran respetados, sí
sancionados de la manera más afectiva, no volviéndolos a convocar para
encabezar o formar parte de los funcionarios de una casilla, quedaban
etiquetados, aunque no pasaba a mayores consecuencias de no ser amenazas.
Pero, ahora, los cambios hechos a la
Ley General en Materia de Delitos Electorales, considerada de orden público y
de obediencia general, tienden a superar cualquier intento de alterar no
solamente la realización de un proceso electoral, y más gravemente a quien o
quienes intervengan en la violación o alteración de los resultados, si antes no
estaba tipificado como delito grave cualquiera de estos supuestos, ahora sí lo
es.
En conclusión, deseamos que nadie incurra en faltas u omisiones, mucho menos que se le castigue injustamente a quien o quienes puedan cometerlas, lo deseable es que todos se sujeten al procedimiento de manera legal, que los candidatos y los partidos que los postulan no incurran en acciones que alteren lo dispuesto mucho menos el resultado pero, de no ser así, también que se haga realidad la nueva disposición en la materia, de lo contrario será más de lo mismo, por ello funcionarios y la ley misma, estarán a prueba.
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