miércoles, 5 de mayo de 2021

A prueba ley electoral


 

 

Juan José Ríos Ríos

 

 

El actual proceso electoral está teniendo una vigilancia muy considerable por parte de la sociedad. En redes sociales grupos y personas en lo particular hacen público sus señalamientos y denuncias, algunas documentadas hasta con fotografías, de algunos de los supuestos en que pueden incurrir en delitos de orden federal quienes los cometan.



             Incluso, recientemente, un grupo de candidatos hizo una denuncia acerca de lo que consideran intromisión de funcionarios y uso de bienes propiedad de municipios haciendo tareas de campaña o apoyando a determinados candidatos y partidos, lo que presuntamente ya se hizo del conocimiento de las autoridades correspondientes.


            Por ello, lo que se ha denunciado y documentado, queda en dos supuestos, que van desde que no ha permeado la nueva legislación federal entre los mismos aspirantes a cargos públicos o los empleados y gobernantes en los municipios y del estado mismo, la ley que está ya en vigor y que considera delito federal cualquier acto u omisión que violente el proceso y la legislación misma, o bien que les valga gorro.


            Todo ello sin duda, de estar dentro de los supuestos ya penados, pone a prueba a las instituciones que, por ley, están obligadas a hacer que se respeten las nuevas disposiciones en materia electoral, de otra manera ni habrá equidad en la competencia que llevan a cabo los partidos y sus candidatos, ni tampoco servirá de nada el propósito de democratizar al país y hacer valer la legalidad.


            Recordando tiempos idos, cuando las elecciones estaban intervenidas por la entonces Secretaría de Gobernación, era tal es descaro de los “comisionados” o auxiliares de los procesos que llegaban a determinada hora y casilla para “sugerir” echarle una cuantas boletas al favor del partido en el poder. Cuando no se acataba lo sugerido, el funcionario encargado de la casilla era amenazado y se le hacía de su conocimiento por esos siniestros personajes que “ya sabe gobernación de ti”.


            Esto que señalo lo viví en carne propia, cuando el funcionario de casilla, o presidente de la misma, era un ciudadano que convocado por las autoridades que coordinaban el proceso, estaban en la intención y en el cumplimiento de un ejercicio ciudadano, que no disponía de autoridad más allá de ser responsable de estar vigilante y actuante en la casilla y de hacer entrega de la documentación oficial a la autoridad electoral.


            Así se procedía, así se ganaban o controlaban las elecciones, no se respetaba la voluntad popular ni tampoco los ciudadanos que cumplían como tales, a conciencia, eran respetados, sí sancionados de la manera más afectiva, no volviéndolos a convocar para encabezar o formar parte de los funcionarios de una casilla, quedaban etiquetados, aunque no pasaba a mayores consecuencias de no ser amenazas.


            Pero, ahora, los cambios hechos a la Ley General en Materia de Delitos Electorales, considerada de orden público y de obediencia general, tienden a superar cualquier intento de alterar no solamente la realización de un proceso electoral, y más gravemente a quien o quienes intervengan en la violación o alteración de los resultados, si antes no estaba tipificado como delito grave cualquiera de estos supuestos, ahora sí lo es.


            En conclusión, deseamos que nadie incurra en faltas u omisiones, mucho menos que se le castigue injustamente a quien o quienes puedan cometerlas, lo deseable es que todos se sujeten al procedimiento de manera legal, que los candidatos y los partidos que los postulan no incurran en acciones que alteren lo dispuesto mucho menos el resultado pero, de no ser así, también que se haga realidad la nueva disposición en la materia, de lo contrario será más de lo mismo, por ello funcionarios y la ley misma, estarán a prueba.




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