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domingo, 7 de julio de 2019

Prohíben uso de cañones antigranizo






> Las empresas que no cumplan serán sancionadas hasta con $250 mil pesos y con la clausura de las mismas.

>Faltaría aún que el congreso del estado, que la federación se sume.

Milton Iván Peralta
El Volcán/Sayula



En sesión de cabildo en Sayula, se aprobó el reglamento de cambio climático del municipio de Sayula, en el cual en el artículo 40, se prohíbe el uso de los llamados “Cañones antigranizo”.





El presidente municipal, Daniel Carrión, calificó la decisión como “histórico para Sayula”. Destacó el alcalde que: “aquí no hay intereses personales o económicos aquí la voz del pueblo sí cuenta. Fue un compromiso de campaña y lo cumplimos. Las empresas que no cumplan serán sancionadas hasta con $250 mil pesos y con la clausura de las mismas. Somos el primer municipio de Jalisco en tomar esta medida.” 

Desde hace muchos la ciudadanía a través de manifestaciones había pedido que esto sucediera, desde reuniones con alcaldes en su momento, diputados, pero no avanzaba este reglamento. “El primer metido científico es la observación, y aquí todos lo estamos viendo, seriamos traidores al pueblo si no hiciéramos algo, esta aprobación histórica va en contra de muchos intereses que puede haber allá afuera, pero este ayuntamiento se ha caracterizado por repeler billetes, mochadas, aquí no caben, por lo mismo decidimos elaborar bien un reglamento, para que el municipio tenga un documento jurídico, en el cual el municipio pueda prohibir este tipo de artefactos”.


Destacó que es importante decir, que “nosotros hoy como gobierno estamos cumpliendo nuestra parte, las personas que se han manifestado por años han hecho una labor loable, tocando muchas puertas sin ser escuchados, nosotros hoy como gobierno nos compete legislar y tomar decisiones, hoy estamos diciendo, con el voto de los regidores, quedan prohibido los cañones antigranizo”, dijo el presidente municipal.

Faltaría aún que el congreso del estado, que la federación se sume “nosotros cumplimos con nuestro trabajo, podríamos justificarnos con que no es nuestra correspondencia, pero tenemos una autonomía como municipio, así tomamos una decisión, recordamos que los demás niveles de gobierno no ha habido respuesta, y si la lucha sigue, que siga allá, aquí estamos cumpliendo con nuestra parte, estamos dispuestos a sumarnos con nuestros amigos activistas, donde nos tengamos que sumar, mi chamba no son las marchas, no esperen verme en las protestas, hagan el favor de decirle a la ciudadanía que ya hicimos lo que nos tocaba, y si nos falta sumar algo, lo haremos por la vía institucional”, dijo Daniel Carrión. 


Sobre las sanciones y que ese reglamento entra en vigor en 90 días, el presidente llama a quien utilice estos aparatos: “que deben acatar este reglamento municipal”.
  
Reconoció la labor de los activistas, que por ocho años se han mantenido al pie del cañón, buscando este momento, dijo el presidente que si es necesario buscarán ser el “puente con otros presidentes” para que en otros lugares se prohíban como en Sayula.


Por su parte, el síndico municipal dijo: “esto se ha venido trabajando desde hace meses, con la comisión, personas expertas, nos compete legislar, pero desconocemos las partes científicas, por eso nos acercamos con expertos”. El científico que los asesoró fue el doctor Sergio Quiñonez, egresado de la UNAM. 

Para el síndico fue una decisión histórica: “no hay ningún otro municipio en el país que haya hecho este avance. En ninguna parte ha habido una clausura de algún cañón”, destacó que se respaldaron con algunos municipios de Michoacán para ver este tema, pero ahora ellos los buscan, porque ya Sayula tiene el reglamento “hemos aportado más para ellos, ahora somos su ejemplo y los acoparemos, como Villa Madero, entre otros dos”.  






QUÉ DICE EL NUEVO REGLAMENTO


Lo que se aprobó ayer por la mañana fue el Reglamento de Cambio Climático del Municipio de Sayula, Jalisco, del cual este medio tiene una copia en su poder. Este reglamento en el Capítulo I, Disposiciones Generales, en su artículo 3, explica el objetivo: “I.- Garantizar el derecho a un medio ambiente sano a través de la implementación de la política pública para la acción ante el cambio climático. II.- Establecer las acciones de mitigación y adaptación al cambio climático y favorecer la adaptación al mismo”. 


El capítulo VII “De la modificación Artificial de Patrones Hidrometeorológicos, en su artículo 40, comenta lo que la gente esperaba: “Queda estrictamente prohibido dentro del municipio el uso o instalación de cualquier técnica, mecanismo, implemento, procedimiento o actividad que tienda a lograr la modificación del régimen de lluvias, granizo, agua nieve o cualquier otro fenómeno hidrometeorológico, relacionado con el agua atmosférica; dentro de ellos los denominados “Cañones antigranizo”. 

Este reglamento va acompañado de multas, sanciones para aquellas empresas que las tengan y usen, esto lo estipula en el artículo 41 y 42, que va desde no otorgar licencia municipal hasta la clausura, más multas. Aunque el capítulo XII, De las Sanciones, en su artículo 53, apartado I, dice sobre las sanciones “Tratándose de personas físicas que opere bajo el régimen de incorporación fiscal o microempresas, se aplicará Multa de 50 a 00 veces el valor diario de una Unidad de Medida y Actualización (UMA)”. En el apartado II, comenta: “Tratándose de personas físicas con actividades empresariales o empresas no comprendidas en la fracción anterior, se aplicará multa de 100 a 3000 veces el valor diario de una UMA.”  

 Recordemos que este reglamento entrará en vigor 90 días después de su publicación en La Gaceta municipal.



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