Juan José Ríos Ríos
El Volcán/Guzmán
El Volcán/Guzmán
El Ayuntamiento de Zapotlán el Grande se propone
administrar recursos públicos obtenidos de los diversos cobros de impuestos a
que por ley tiene derecho, por un total de $407 millones, 173 mil 946 pesos con
30 centavos, para su ejercicio fiscal del 2019. La propuesta aprobada para
dicho ejercicio contempla, dentro del tema del pago del impuesto predial, los
requisitos y beneficios para las personas que, por ley también, tienen derecho
a descuentos, siendo los siguientes:
A
los contribuyentes que acrediten tener la calidad de pensionado, jubilados,
discapacitados, viudos, viudas o que tengan 60 años o más, serán beneficiados
con una reducción del 50% del impuesto a pagar sobre $1,500,000.00 del valor
fiscal, respecto de la casa que habitan y que son propietarios, y además que
estén al corriente en sus pagos, siempre y cuando, cubran en una sola
exhibición la totalidad del pago correspondiente al año fiscal vigente, antes
del primero de Julio.
En
todos los casos se otorgará la reducción antes citada, tratándose
exclusivamente de una sola casa habitación para lo cual, los beneficiarios
deberán entregar, según sea su caso la siguiente documentación: Identificación
oficial vigente, que contenga el domicilio del inmueble del que solicita el
descuento.
De
igual forma deberá presentar comprobante oficial de domicilio de luz, teléfono
o estado de cuenta bancario, que esté a nombre del propietario del inmueble, de
su conyugue o hijos. Y según sea el caso: Copia del talón de ingresos o en su
caso credencial vigente que lo acredite como pensionado, jubilado o
discapacitado expedida por institución oficial del país. Cuando se trate de
personas que tengan 60 años o más, identificación oficial vigente. Tratándose
de contribuyentes viudas y viudos, presentaran copia simple del acta de
matrimonio y del acta de defunción de cónyuge.
A
los contribuyentes discapacitados, se les otorgará el beneficio siempre y
cuando sufran una discapacidad del 50% o más atendiendo a lo dispuesto por el
artículo 514 de la Ley Federal del Trabajo. Para tal efecto, la Hacienda
Municipal ordenará al Departamento de Salud Municipal, practique examen médico
bien bastará la presentación de un certificado que lo acredite, expedido por
una institución médica oficial del País.
Los
beneficios señalados se otorgarán a un solo inmueble. En ningún caso el
impuesto predial a pagar será inferior a las cuotas fijas establecidas, salvo
los casos mencionados. En los casos que el contribuyente del impuesto predial,
acredite el derecho a más de un beneficio, sólo se otorgará el de mayor
cuantía.
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