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lunes, 17 de septiembre de 2018

Bloqueo es ilegal: sindicato






Transportistas de la Región Zona Sur presentes en los trabajos de la Autopista Guadalajara – Colima.



 Gobernador del Estado de Jalisco.
 Secretario de Trabajo y Previsión Social.
Presidente Municipal de Zapotlán el Grande, Jalisco.
 A la Opinión Publica.

P r e s e n t e s:




El representante del Sindicato Nacional de Trabajadores del Ramo de la Industria de la Construcción en General y Transporte de la República Mexicana Don Fidel Velásquez Sánchez en la Zona Sur de Jalisco el Sr. Raúl Morfin Mejía, secretario general de la sección XV del sur de Jalisco, manifestó a este medio de comunicación que ellos tienen la administración del Contrato Colectivo de Trabajo dentro de los trabajos de Rehabilitación de la autopista Guadalajara – Colima en su tercera etapa y que es mentira que se quiera desplazar a transportistas de la región como lo señala el dirigente del sindicato disidente encabezado por el Sr. Roberto Jiménez Preciado en un video que publico en un  medio informativo local, así mismo señala que jamás existieron las  amenazas de muerte, todo esto lo publicaron con el propósito de dañar la imagen de uno de  nuestros dirigentes nacionales y de nuestro sindicato; la sección sindical de la zona sur que represento aglutina a aproximadamente 40 camioneros tanto de Ciudad Guzmán como de municipios aledaños, la molestia del sindicato disidente es porque al no lograr ellos obtener el contrato de trabajo respectivo están queriendo presionar a la empresa a través de un bloqueo que es a toda luces ilegal ( art. 390 del Código Penal Federal establece: Al que sin derecho obligue a otro a dar, hacer, dejar de hacer o tolerar algo, obteniendo un lucro para sí o para otro o causando a alguien un perjuicio patrimonial, se le aplicarán de dos a ocho años de prisión y de cuarenta a ciento sesenta días multa) para que el contrato se los firme a ellos situación que es improcedente al existir uno ya firmado y depositado ante las autoridades laborales competentes y del cual nosotros somos los titulares.

Así mismo dijo que el día de hoy la empresa constructora estará presentando las demandas penales correspondientes ante los ilícitos en que están incurriendo los camioneros paristas al obstruir una obra pública federal (Art. 185 del Código Penal Federal señala: Cuando varias personas de común acuerdo procuren impedir la ejecución de una obra o trabajos públicos, o la de los destinados a la prestación de un servicio público, mandados a hacer con los requisitos legales por autoridad competente, o con su autorización, serán castigadas con tres meses a un año de prisión, si sólo se hiciere una simple oposición material sin violencia. En caso de existir violencia, la pena será hasta de dos años.) Así mismo la empresa demandara la reparación de los daños económicos a quienes resulten responsables por todo el tiempo que ha estada parada dicha obra.  


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