Transportistas
de la Región Zona Sur presentes en los trabajos de la Autopista Guadalajara –
Colima.
Gobernador del Estado de Jalisco.
Secretario de Trabajo y Previsión Social.
Presidente Municipal de Zapotlán
el Grande, Jalisco.
A la Opinión Publica.
P r e s e n t e s:
El representante del Sindicato Nacional de Trabajadores del
Ramo de la Industria de la Construcción en General y Transporte de la República
Mexicana Don Fidel Velásquez Sánchez en
la Zona Sur de Jalisco el Sr. Raúl Morfin Mejía, secretario general
de la sección XV del sur de Jalisco, manifestó a
este medio de comunicación que ellos tienen la administración del Contrato
Colectivo de Trabajo dentro de los trabajos de Rehabilitación de la autopista
Guadalajara – Colima en su tercera etapa y que es mentira que se quiera
desplazar a transportistas de la región como lo señala el dirigente del
sindicato disidente encabezado por el Sr. Roberto Jiménez Preciado en un video
que publico en un medio informativo
local, así mismo señala que jamás existieron las amenazas de muerte, todo esto lo publicaron
con el propósito de dañar la imagen de uno de
nuestros dirigentes nacionales y de nuestro sindicato; la sección sindical
de la zona sur que represento aglutina a aproximadamente 40 camioneros tanto de
Ciudad Guzmán como de municipios aledaños, la molestia del sindicato disidente
es porque al no lograr ellos obtener el contrato de trabajo respectivo están
queriendo presionar a la empresa a través de un bloqueo que es a toda luces
ilegal ( art. 390 del Código Penal
Federal establece: Al que sin derecho obligue a otro a dar,
hacer, dejar de hacer o tolerar algo, obteniendo un lucro para sí o para otro o
causando a alguien un perjuicio patrimonial, se le aplicarán de dos a ocho años
de prisión y de cuarenta a ciento sesenta días multa) para
que el contrato se los firme a ellos situación que es improcedente al existir
uno ya firmado y depositado ante las autoridades laborales competentes y del
cual nosotros somos los titulares.
Así
mismo dijo que el día de hoy la empresa constructora estará presentando las
demandas penales correspondientes ante los ilícitos en que están incurriendo
los camioneros paristas al obstruir una obra pública federal (Art. 185 del Código Penal Federal señala: Cuando varias
personas de común acuerdo procuren impedir la ejecución de una obra o trabajos
públicos, o la de los destinados a la prestación de un servicio público,
mandados a hacer con los requisitos legales por autoridad competente, o con su
autorización, serán castigadas con tres meses a un año de prisión, si sólo se
hiciere una simple oposición material sin violencia. En caso de existir
violencia, la pena será hasta de dos años.)
Así mismo la empresa demandara la reparación de los daños económicos a quienes
resulten responsables por todo el tiempo que ha estada parada dicha obra.
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