El Volcán/Guzmán
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a
través del Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa que, con la
finalidad de proteger el derecho que tienen los contribuyentes de deducir y
acreditar impuestos, se dan a conocer malas prácticas detectadas en la emisión
de facturas, así lo dio a conocer Maricela Canto, de servicios al Contribuyente
del SAT en Ciudad Guzmán.
Lo anterior a fin de que tanto emisores como receptores las conozcan y puedan,
de manera efectiva, ejercer sus derechos de forma fácil, rápida y sin
comprometer datos personales.
Las malas prácticas identificadas son:
Exigir cualquier dato distinto al RFC. El
contribuyente que solicita la factura sólo debe proporcionar verbalmente su
RFC, cualquier dato adicional no es requisito para la emisión. Se ha detectado
que existen sistemas de emisión de facturas que exigen dichos datos como
requisito para obtener una factura. Se invita a los contribuyentes emisores de
factura a revisar sus sistemas para evitar molestias y el uso de datos
personales que no son requisito fiscal.
Obligar a proporcionar un correo electrónico, es opcional. Cualquier
contribuyente puede revisar en tiempo real que le haya llegado su factura a
través de la página del SAT con su RFC y contraseña, el proporcionar el correo
es una facilidad a la que tiene derecho el receptor de la factura para
obtenerla, pero de ninguna manera es obligatorio.
Incrementar el precio del bien o servicio cuando se
solicita la factura. El precio debe incluir el IVA, sin importar si se
solicita o no la factura.
Obligar al receptor a generar la factura en un portal.
Se debe entregar la factura en el establecimiento en donde se lleva a cabo la
operación y al momento de realizarla, si así lo requiere el
contribuyente.
Negar la factura argumentando que no se solicitó en
el momento de la transacción. Se puede emitir con posterioridad, mientras sea
en el mismo año en que se realizó la operación.
Registrar una forma de pago distinta a la recibida o registrarla sin que
esté pagada. La forma de pago debe ser registrada cuando éste efectivamente se
realice.
Solicitar obligatoriamente se indique el uso que se le dará a la factura.
Si este campo no lo proporciona el receptor, se deberá utilizar la clave “P01
Por definir" o bien la que señale el receptor.
Negar la emisión de la factura cuando se pague en efectivo. Sin importar
el medio por el cual se realice el pago del producto o servicio, se deberá
emitir factura.
No emitir la factura cuando se reciben pagos por anticipos. Cuando se
reciban anticipos, estos deben facturarse.
No emitir factura. El SAT no tiene suscrito
convenio con ningún contribuyente, cámara o asociación para la no emisión de
facturas electrónicas.
Se recuerda que no expedir, no entregar o no poner
a disposición de los clientes las facturas, o expedirlas sin que cumplan los
requisitos señalados por el SAT, se consideran infracciones que pueden llevar
hasta la clausura del establecimiento.
Si se detecta alguna de estas prácticas indebidas, se pueden denunciar
directamente en el portal sat.gob.mx
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