Antonio
Jiménez Díaz
El
domingo 5 de noviembre del año 2017, se presentó otro suceso que manchó de
sangre una comunidad de los Estados Unidos de América. En esta ocasión, una
iglesia ubicada cerca de San Antonio, Texas, fue el lugar donde una persona, la
cual fue identificada como Devin Kelley, abrió fuego en el interior de ese
centro religioso y provocó la muerte de 26 personas y decenas lesionadas.
La historia de los Estados Unidos está marcada por hechos sangrientos, en los
cuales, personas con muy fácil acceso a las armas de fuego, se aprestan a
disparar en centros religiosos, educativos, comerciales, de entretenimiento,
etc.
Según información estadística publicada por el Diario el País, Estados Unidos
de América ha vivido diversos episodios, muchos son cubiertos por los medios de
comunicación y otros no tan difundidos. Así, en el año 2017, han acaecido
11,652 personas en tiroteos, frente a 15079 en el año 2016, 13,500 en el año
2015 y 12,571 en 2014. En lo tocante a lesionados, en lo que va de 2017, han
resultado afectadas 23,516 personas, por 30,615 en el año 2016, 27038 en 2015 y
23,019 en 2014. Por número de eventos con más de cuatro muertos, en 2017 se han
presentado 273, por 383 en 2016, 333 en 2015 y 274 en 2014.
El hecho que ha dejado un saldo mayor de personas fallecidas fue el ocurrido
recientemente en la ciudad de Las Vegas, Nevada con 58 personas.
La Constitución de Filadelfia, publicada en los Estados Unidos de América en
1787 carecía en su texto original del reconocimiento y respeto a derechos
esenciales, sin embargo, cuatro años más tarde, se publicó un bloque de
enmiendas, en las cuales se incluyeron los derechos específicos a favor de los
norteamericanos. En ese sentido, las diez enmiendas, conocidas como el Bill of
Rights fueron ratificadas el 15 de diciembre de 1791. Dentro de ese decálogo,
se encuentra la Segunda Enmienda, la cual literalmente dispone: Siendo
necesaria una milicia bien ordenada para la seguridad de un Estado Libre, no se
violará el derecho del pueblo a poseer y portar armas.
Es digno de análisis el contenido de la enmienda en cuestión, ya que se puede
apreciar del dictado de la norma, su objeto esencial, la seguridad de un Estado
libre, el cual se consigue a través de dos caminos, una milicia bien ordenada
y, la reserva poblacional como factor de defensa de la integridad del
territorio.
Así, el objeto de la norma jurídica parece estar en cuestión, ya que los
habitantes de los Estados Unidos de América cuentan con el derecho de poseer
armas para defender a su país, más que para la defensa de su propia vida,
patrimonio o cualquier amenaza, situación que per se, genera rechazo y, por
otra parte, muchos correligionarios que se siguen por el camino de la
preparación para la defensa.
En el caso mexicano, se reconoce también el derecho constitucional a poseer y a
portar armas de fuego, ello en el artículo 11 de nuestra Constitución.
La violencia causada por el uso de armas de fuego en Estados Unidos de América
y en México presentan diferentes causas de origen, en el caso mexicano, agentes
que controlan la venta y consumo de drogas utilizan armas como herramientas
para conquistar territorios o, para defender los que les pertenecen. En el caso
norteamericano, además de los distribuidores de drogas, se encuentran las
personas civiles, jubilados o miembros activos de las fuerzas armadas quienes
usan la enmienda, como justificación de su uso.
Ambos países tienen tareas pendientes muy complejas, la lucha contra grupos
delincuenciales organizados, en cuanto al mercado negro, la corrupción
sistematizada de las autoridades encargadas de establecer controles y, en
particular la revisión de perfiles médicos y psicológicos para que quienes
obtengan la autorización para poseer o portar armas de fuego, con el inminente
riesgo de provocar tiroteos o el uso por menores de edad.
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