>Se convierte
en delito federal el robo al autotransporte y se obliga al pago de pensión
alimenticia para menores a partir de su fecha de nacimiento.
El
Congreso de la Unión aprobó este martes reformas al Código Penal Federal y al
Código Civil Federal presentadas por el diputado federal José Luis Orozco, de
las cuales una convierte el robo al autotransporte en delito federal y la otra
obliga al pago de pensiones alimenticias a partir de la fecha del nacimiento
del menor, derivadas de un reconocimiento de paternidad.
Las
modificaciones al Código Penal Federal y a la Ley Orgánica del Poder Judicial
de la Federación, impondrán penas de seis a 12 años de prisión cuando el objeto
del robo al autotransporte de carga sea mercancía; de dos a siete años cuando
sea el equipaje o valores de los pasajeros; y de siete a 15 años cuando el robo
sea al vehículo automotor y su remolque.
Así
mismo, contempla que cuando el delito sea cometido por un servidor público, la
pena alcance hasta los 18 años de prisión y la destitución de su cargo; y de 21
años si se realiza en asociación delictuosa.
Al
hacer uso de la tribuna en el Congreso de la Unión, José Luis Orozco dijo que
“en nuestro país, como en cualquier otra nación, el transporte ya sea de
pasajeros o de mercancías, es una de las piezas elementales de su
funcionamiento en distintos aspectos, por ello, debemos reconocer que
específicamente, el autotransporte de carga en nuestra economía es engrane
esencial y muy probablemente, uno de los motores mismos de su articulación”.
Indicó
que la situación en la actualidad es verdaderamente alarmante, porque además
legislativamente poco se ha hecho para enfrentar este problema y no “hemos sido
capaces desde esta soberanía de aportar medidas contundentes, a los esfuerzos
municipales, estatales y federales para enfrentar con integralidad este
delito”.
Por
ello, con 390 votos a favor y cero en contra, se aprobaron las reformas
reformas al Código Penal Federal y al Código Civil Federal que convierten en
delito federal el robo a transportistas, e imponen penas más severas para los
delincuentes.
De
igual forma, el Coordinador de los diputados federales por el estado de
Jalisco, presentó iniciativa de decreto para que se reforme el artículo 303 del
Código Civil Federal, en el que se ordena que:
“Los
padres están obligados a dar alimentos a sus hijos. A falta o por imposibilidad
de los padres, la obligación recae en los demás ascendientes por ambas líneas
que estuvieren más próximos en grado”.
Luego
de una resolución de juicio de reconocimiento de paternidad y declarada ésta,
la iniciativa de Orozco propone que la deuda alimentaria debe retrotraerse a la
fecha del nacimiento del menor. El monto retroactivo de los alimentos debidos,
será fijado por un juez.
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